Arraigo en España 2026: sociolaboral y socioformativo
Guía comparativa actualizada al nuevo Reglamento de Extranjería (RD 1155/2024, vigente desde mayo de 2025). Preparada por el equipo de abogados de Extranjería Clara.
Estancia exigida
2 años
Ausencias máx.
90 días
Plazo resolución
3 meses
¿Qué cambia con la reforma de 2025?
La reforma del Reglamento de Extranjería reduce el periodo mínimo de estancia a dos años y reorganiza las vías de arraigo. Para clientes hispanohablantes de Correos Prepago, las dos vías más útiles son el arraigo sociolaboral (con contrato de trabajo) y el arraigo socioformativo (con matrícula o compromiso de formación).
Comparativa rápida
Sociolaboral
- • 2 años de estancia continuada (≤ 90 días fuera).
- • Contrato(s) que sumen ≥ 20 h/semana, SMI o convenio.
- • Empleador al corriente con Hacienda y Seguridad Social.
- • Resolución en 3 meses; silencio negativo.
Socioformativo
- • 2 años de estancia continuada (≤ 90 días fuera).
- • Formación reglada admitida (secundaria postobligatoria, FP grado C o SEPE).
- • Informe favorable de integración social de tu CCAA.
- • Compromiso o matrícula aportable en 3 meses tras la concesión.
Requisitos comunes a ambas vías
- No ser ciudadano de la UE/EEE/Suiza ni familiar sujeto al régimen comunitario.
- Haber permanecido de forma continuada en España durante los 2 años anteriores (ausencias ≤ 90 días).
- Carecer de antecedentes penales en España y en los países de residencia en los últimos 5 años.
- No estar en el compromiso de no retorno voluntario a España, ni figurar como rechazable en países con convenio.
- No representar amenaza para el orden público, la seguridad o la salud pública.
- Estar en España y no ser solicitante de protección internacional durante la solicitud.
Arraigo sociolaboral: requisitos específicos
Actividad laboral
Uno o varios contratos de trabajo que garanticen al menos el salario mínimo interprofesional o el salario de convenio, en proporción a la jornada, sumando al menos 20 h semanales en cómputo global. Se admiten contratos concatenados de temporada o simultáneos con distintos empleadores.
Empleador
Debe estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social y disponer de medios económicos, materiales o personales suficientes para asumir las obligaciones del contrato.
Ficha oficial y documentación en Extranjería Clara · Arraigo sociolaboral.
Arraigo socioformativo: requisitos específicos
Formaciones admitidas
- • Educación secundaria postobligatoria a tiempo completo en centro autorizado, conducente a título reconocido.
- • Formación profesional de grado C (niveles 2 y 3) o educación de personas adultas presencial en centro autorizado.
- • Formación de los Servicios Públicos de Empleo orientada a ocupaciones del catálogo de difícil cobertura.
Integración social
Es obligatorio un informe favorable de integración social emitido por la comunidad autónoma donde residas.
Ficha oficial y documentación en Extranjería Clara · Arraigo socioformativo.
Plazos y siguientes pasos
- 1
Preparación del expediente
Entre 2 y 6 semanas para reunir empadronamiento histórico, antecedentes apostillados y traducidos, y la documentación específica de tu vía (contrato o formación + informe).
- 2
Presentación de la solicitud
Se presenta en la Oficina de Extranjería competente. En muchas provincias, telemáticamente vía Mercurio.
- 3
Resolución (3 meses)
Plazo legal de 3 meses desde la presentación. Si no hay resolución expresa, la solicitud se entiende desestimada por silencio administrativo.
- 4
TIE en 1 mes
Tras la notificación de concesión, tienes 1 mes para solicitar personalmente la Tarjeta de Identidad de Extranjero en tu comisaría.
Errores frecuentes que llevan a denegación
- • Empadronamiento histórico con lagunas o direcciones incoherentes.
- • Ausencias del país que superan los 90 días acumulados.
- • Antecedentes penales de países de residencia sin cancelar ni justificar.
- • Contratos con jornada por debajo de 20 h/semana o salario inferior a SMI/convenio.
- • Empleador con deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- • Informe de integración caducado o formación fuera del catálogo admitido.
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Pedir asesoramiento gratuitoPreguntas frecuentes sobre el arraigo 2026
¿Qué diferencia hay entre arraigo sociolaboral y socioformativo?+
El sociolaboral se apoya en uno o varios contratos de trabajo que sumen al menos 20 h semanales con salario SMI o convenio. El socioformativo se apoya en una formación reglada (secundaria postobligatoria, FP grado C niveles 2-3 o cursos SEPE de ocupaciones de difícil cobertura) más un informe favorable de integración social de tu comunidad autónoma.
¿Cuántos años de estancia se exigen desde la reforma de 2025?+
Dos años de permanencia continuada en España inmediatamente anteriores a la solicitud, con ausencias que no superen 90 días en ese periodo. Es la principal novedad del RD 1155/2024, vigente desde mayo de 2025: antes se exigían tres años.
¿Cómo demuestro los 2 años de residencia continuada?+
Con empadronamiento histórico, contratos de alquiler o facturas de suministros a tu nombre, historiales médicos o bancarios y billetes de viaje que acrediten que tus ausencias no superan los 90 días.
¿Puedo sumar varios contratos para llegar a las 20 horas semanales?+
Sí. Puedes aportar varios contratos si en conjunto alcanzan al menos 20 h/semana con salario SMI o convenio proporcional. Se admiten contratos concatenados de temporada o simultáneos con varios empleadores.
¿Tengo que estar matriculado al presentar el socioformativo?+
No es imprescindible: puedes comprometerte a realizar la formación y aportar la matrícula en los 3 meses siguientes a la notificación de concesión. Si ya la tienes, mejor adjuntarla desde el inicio.
¿Los antecedentes penales impiden solicitarlo?+
Los antecedentes en España son motivo directo de denegación. Los antecedentes de los países donde hayas residido en los últimos 5 años deben cancelarse o justificarse; cada caso concreto necesita revisión por un abogado especializado.
¿Cuánto tarda la resolución?+
El plazo legal es de 3 meses desde la presentación de la solicitud. Si transcurre sin resolución expresa, la solicitud se entiende desestimada por silencio administrativo. Tras la concesión, tienes 1 mes para solicitar la TIE.
¿Cuánto cuesta tramitarlo con Extranjería Clara?+
El asesoramiento inicial es gratuito para clientes de Correos Prepago. La tramitación completa parte de 399 € por trámite en Extranjería Clara, con precio cerrado y sin sorpresas.
Asesoramiento en toda España
El servicio es 100 % online, así que puedes tramitar tu arraigo desde cualquier provincia. Atendemos con frecuencia a clientes en Madrid, Barcelona, Valencia, Sevilla, Málaga, Bilbao, Zaragoza, Murcia, Palma, Las Palmas. Si tu ciudad no está en la lista, también podemos ayudarte: la solicitud se presenta ante la Oficina de Extranjería de tu provincia.
